El Tribunal Supremo ha establecido que el plazo para presentar un recurso de casación comienza con la notificación al procurador, incluso si el condenado no ha recibido una notificación personal.
Esto se aplica en casos donde la presencia del acusado no es obligatoria. La reciente sentencia del Tribunal resolvió la queja de un individuo cuyo recurso de apelación fue declarado extemporáneo. Aunque el condenado alegó falta de notificación personal, el Tribunal consideró que la notificación al procurador es suficiente y no genera indefensión material.
El plazo para preparar el recurso de casación comenzó cuando el procurador recibió la notificación y finalizó días después. El Tribunal concluyó que no se necesita una doble notificación, ya que la parte está representada en el proceso.
En resumen, la notificación al procurador es suficiente para iniciar el plazo de presentación del recurso de casación en casos de sentencias dictadas en apelación.
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